Fuero laboral para víctimas de femicidio frustrado o tentado
Con fecha 9 de mayo de 2023, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.565 que establece un régimen de protección y reparación integral en favor de víctimas de femicidio. Entre las medidas dispuestas por la Ley, se encuentra el otorgamiento de un fuero laboral a las víctimas de femicidios frustrados o tentados, en los siguientes términos:
1.El fuero tendrá duración de un año contado desde la perpetración del hecho.
2.La víctima deberá presentar al empleador la denuncia.
3.La víctima podrá solicitar al empleador la adecuación temporal de sus prestaciones laborales durante el plazo del fuero.
4.La comparecencia a cualquier diligencia de investigación y de procedimientos judiciales asociados al femicidio frustrado o tentado, será causa suficiente de justificación en caso de ausencia laboral.
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