LICENCIA MÉDICA Y SISTEMAS DE INCENTIVOS VARIABLES
Recientemente, la Dirección del Trabajo (Ord. 92) reiteró la improcedencia de establecer un sistema de incentivos remuneracionales que haga depender la obtención del beneficio o remuneración, de la circunstancia de que el trabajador no haga uso de licencia médica o no haga uso del feriado legal, dado el carácter irrenunciable de tales derechos.
En consecuencia, el cálculo de los incentivos variables de aquellos trabajadores que hagan uso de licencia médica, debe ser efectuado considerando la proporción de días trabajados, sin que puedan incluirse en el cálculo factores que no respeten esa proporcionalidad.