NUEVAS FORMAS DE ACREDITAR ESTABILIDAD LABORAL
Para acreditar la estabilidad laboral, se deberán presentar los siguientes documentos según el tipo de trabajador:
- Trabajadores Dependientes:
- Contrato de Trabajo y anexos.
- Certificado de vigencia laboral.
- Resolución o decreto de nombramiento para quienes laboran en organismos del Estado o Instituciones Públicas; certificado de antigüedad laboral; y vigencia de funcionarios públicos.
- Liquidación de remuneraciones y/o Boleta de Honorarios.
- Cartola histórica de cotizaciones previsionales de la AFP.
- Certificado de cotizaciones Fonasa o Isapre.
- Trabajadores Independientes:
- Certificado de Inicio de actividades.
- Informe Anual de Boletas de Honorarios.
- Boleta de Honorarios.
- Carpeta tributaria del contribuyente.
- Cartola de cotizaciones de la AFP, si corresponde.
- Certificado de cotizaciones de Fonasa o Isapre
- Personas Dependientes:
- Declaración jurada de expensas.
- Acreditar ingresos económicos del sostenedor, según su situación.
- Certificado de la congregación o iglesia, legalizado por el Obispo de la diócesis o por el superior de la iglesia.
Es esencial que los solicitantes de Residencia Definitiva se informen sobre estos nuevos requisitos para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.
Resolución Exenta N°31.510 del Servicio Nacional de Migraciones, publicada recientemente en el Diario Oficial de Chile. Esta resolución detalla las nuevas formas de acreditar la estabilidad laboral en las solicitudes de Residencia Definitiva, conforme al número 2° del artículo 65 del Decreto N°256 de 2021.
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Bianca Labraña
Asociada