EL Servicio de Impuestos Internos (SII), mediante la Circular N° 04 de 2026, reitera y sistematiza las instrucciones vigentes sobre el tratamiento tributario de gastos, donaciones y pérdidas asociadas a catástrofes, con especial referencia a los incendios de enero de 2026 que afectaron a las regiones de Ñuble y Biobío (y a cualquier otra zona que sea declarada posteriormente).
Los ejes centrales son:
- Deducibilidad amplia de gastos necesarios vinculados a la emergencia (art. 31 LIR).
- Régimen tributario favorable para donaciones al Fisco, bajo la Ley N° 16.282 y al Fondo Nacional de Reconstrucción (Ley N° 20.444), con exenciones y sin Límite Global Absoluto (LGA.)
- Neutralidad en IVA para donaciones (no constituyen venta ni retiro; se mantiene el crédito fiscal).
- Plazos y procedimientos excepcionales para avisar pérdidas de inventarios y pérdida/inutilización de documentos contables, con condonación de multas y criterios flexibles en zonas afectadas.
Puntos clave
1) Gastos deducibles (art. 31 LIR)
- Son aceptados como gasto los desembolsos necesarios para producir la renta y resguardar el giro, incluyendo medidas para evitar/contener incendios o paliar sus efectos.
- Ejemplos: equipos de seguridad, insumos médicos, agua, herramientas, extintores, retardantes, apoyo a trabajadores (incluso pago de remuneraciones en caso fortuito).
2) Donaciones con beneficios ampliados
- Al Fisco (DL N° 1.939) y en catástrofe (Ley N° 16.282):
- Exentas de impuestos (incl. importaciones), sin LGA, sin insinuación, deducibles como gasto.
- Admiten dinero y especies; no se exige que formen parte del activo.
- Fondo Nacional de Reconstrucción (Ley N° 20.444):
- Créditos y/o gasto según destino (Fondo u obra específica), con reglas propias y plazos.
3) IVA
- Donaciones no son venta ni retiro; no afectan el crédito fiscal del IVA soportado en las compras.
- Importaciones donadas y socorros: exención de IVA (con acreditación).
4) Entregas gratuitas a Municipalidades
- Posible rebaja como gasto del costo de productos cuya comercialización se volvió inviable (cumpliendo requisitos).
5) Pérdidas de inventarios
- Aviso excepcional: hasta 6 meses desde ocurrido el hecho en zonas afectadas (regla general: 48 horas).
- Acreditación flexible (libros, inventarios, documentos, fotos, informes de Bomberos/CONAF/seguros, etc.).
6) Pérdida o inutilización de documentos contables
- Aviso dentro de 10 días (art. 97 N°16 CT), con posible condonación total de multas si la causa no es imputable.
- Reconstitución de contabilidad en el plazo que fije el SII (≥ 30 días).
7) Sanciones
- Directores Regionales pueden condonar intereses y multas y suspender/condonar clausuras considerando los daños.
Impacto práctico
- Empresas y personas pueden aliviar carga tributaria y mantener liquidez al deducir gastos y donar con beneficios.
- Menor riesgo sancionatorio por incumplimientos derivados de la catástrofe.
- Seguridad en IVA: las donaciones celebradas bajo la presente normativa no tienen incidencia en el derecho al crédito fiscal por el IVA soportado en la adquisición de los bienes que serán objeto de la donación.
Riesgos y alertas
- Acreditación: mantener respaldo mínimo (documental y/o certificaciones).
- Elección del régimen de donación (Fisco vs. Ley 16.282 vs. Fondo): no acumular beneficios incompatibles.
- Plazos: usar la flexibilidad solo en zonas afectadas y conforme a la Circular.
Checklist de acción inmediata
- Identificar gastos elegibles y documentarlos.
- Definir vía de donación óptima (beneficio y límites).
- Verificar IVA: conservar crédito y emitir respaldo no tributario.
- Avisar pérdidas de inventarios dentro del plazo excepcional.
- Avisar pérdida/inutilización de documentos (Form. 3238/2117).
- Solicitar condonaciones si corresponde.
- Monitorear nuevas declaraciones de catástrofe aplicables.
Conclusión
La Circular N° 04/2026 entrega un marco integral y pro-contribuyente para enfrentar catástrofes, con beneficios tributarios amplios, flexibilidad procedimental y criterios de sanción atenuados. Su correcta aplicación puede significar ahorros relevantes y reducción de riesgos en contextos de emergencia.