El pasado 22 de abril de 2026, el Gobierno ingresó al Congreso un ambicioso proyecto de ley titulado “Plan de Reconstrucción Nacional”. Esta iniciativa busca no solo reactivar nuestra economía y fomentar la inversión, sino también fortalecer el financiamiento de políticas públicas esenciales para el país.
Dentro de las medidas más destacadas de este proyecto, se encuentra una propuesta que podría cambiar la forma en que las familias chilenas planifican su futuro: una rebaja excepcional del 50% en el Impuesto a las Donaciones.
Lo que debe saber sobre esta iniciativa
Para entender cómo operaría este beneficio, hemos resumido los puntos fundamentales que contempla el proyecto:
- Reducción del impuesto a la mitad: Si usted decide realizar una donación a sus familiares directos (hijos, cónyuge o padres), el impuesto a pagar se reducirá en un 50% respecto a la tasa habitual.
- Requisitos de distribución: La ley exige un orden específico. Al menos el 50% de lo donado debe ir a sus herederos forzosos, un 25% debe destinarse a la “cuarta de mejoras”, y el 25% restante puede distribuirse libremente entre ellos.
- Límites al patrimonio: No se puede donar todo; el valor total de lo entregado no debe superar el 75% de su patrimonio total.
- Agilidad en el trámite: Estas donaciones estarían liberadas del trámite de “insinuación judicial”, lo que significa que no se requerirá la autorización previa de un juez para proceder, simplificando significativamente el proceso.
- Plazo definido: Una vez que la ley sea aprobada y publicada, los interesados tendrán un año (contado desde el primer día del mes subsiguiente a la publicación) para formalizar estas escrituras.
¿Por qué importa?
Esta medida representa una ventana de oportunidad única para quienes buscan ordenar el traspaso de bienes en vida. El impacto práctico es doble: por un lado, permite un ahorro directo de caja al pagar solo la mitad del impuesto correspondiente. Por otro lado, facilita la liquidez de los herederos, ya que el proyecto permite que el pago del impuesto se financie mediante préstamos de las mismas sociedades que se están donando, sin que esto genere multas o impuestos adicionales por retiro de fondos.
Es una herramienta de eficiencia tributaria diseñada para formalizar la economía familiar bajo condiciones mucho más favorables que las actuales.
¿Qué hacer ahora?
Si bien el proyecto aún requiere la aprobación del Congreso para convertirse en ley, es el momento ideal para comenzar la planificación:
- Haga un inventario: Evalúe el valor total de su patrimonio para asegurarse de no exceder el límite del 75% permitido para este beneficio.
- Identifique a los beneficiarios: Confirme que los donatarios sean sus herederos directos, ya que las donaciones a terceros no tienen derecho a esta rebaja.
- Prepare la documentación: Recuerde que el beneficio exige que la donación se haga por escritura pública ante notario y con una declaración jurada ante el SII.
- Consulte con expertos: Dado que el impuesto debe pagarse antes de autorizar la escritura, una asesoría profesional es clave para evitar errores en el cálculo o en los plazos legales.