RECUPERACIÓN DE FONDOS PARA EXTRANJEROS
Cotizante en Chile
Ventajas:
- El trabajador/a no tendrá la obligación de enterar el monto retirado en la seguridad social del país de origen u otro, pudiendo disponer libremente de los fondos.
Desventajas
- El retiro de los fondos estará afecto a la tributación señalada en el artículo 42 N° 1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, considerándose como una remuneración normal en la fecha de su devolución.
Según el artículo 74 N° 1 de la misma ley, la AFP estará obligada a retener el Impuesto Único de Segunda Categoría que afecte al retiro, de acuerdo a la escala de tasas señalas en el artículo 43 N° 1. - Los fondos que se encuentran en la cuenta individual del trabajador en la respectiva AFP, están sujetos a la variabilidad (pérdida o ganancia) lo cual depende de una combinación de factores económicos, financieros, regulatorios y de política que afectan el desempeño de las inversiones y la gestión de los fondos de pensiones.
Exención de cotización
Ventajas:
- Si el empleador tiene una filial en el país donde el trabajador indicó que está afiliado a la seguridad social, puede pagar las cotizaciones a la seguridad social en dicha institución.
- Puede el empleador enterar los montos de cotizaciones previsionales a la liquidación de sueldo del trabajador/a teniendo este último la obligación de enterar los montos en la institución correspondiente.
- El trabajador/a podrá acceder a coberturas ante accidentes del trabajo y enfermedades profesionales señaladas en la ley 16.744, y al seguro de cesantía, dado que el empleador está obligado a su pago.
Desventajas:
-
En caso de no cumplir el trabajador/a con los requisitos exigidos en el artículo 1 de la Ley 18.156, el empleador podrá estar sujeto a sanciones pecuniarias que podrán ser ejecutadas por los fiscalizadores de la Dirección del Trabajo.
El trabajador tiene ciertas restricciones por no cotizar en el sistema de salud, vale decir:
a. Las prestaciones médicas deberá realizarlas en su país de origen, a menos que contrate una ISAPRE
b. Licencias médicas y subsidio de incapacidad laboral. Atendido a que no se cotiza en el sistema de salud, se podrá acceder a la licencia médica, pero no al subsidio de incapacidad laboral. (extendiéndose por ejemplo, al postnatal)
El no pago de cotizaciones podría generar argumentos a favor del trabajador en un eventual litigio laboral.
Para mas información contactar a:
Bárbara Román
broman@gmail.com